Proyecto N° 340

Extracto:
TODO EMPRENDIMIENTO MINERO QUE SE DESARROLLE EN EL TERRITORIO DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA COMPRENDIDOS EN LOS ALCANCES DE LA LEY N° 24.196, QUEDA OBLIGADO A REALIZAR INVERSIONES ANUALES EQUIVALENTES A LA PREVISION ESPECIAL DETERMINADA POR EL ART. 23° DE LA LEY NACIONAL MENCIONADA, A EFECTOS DE PREVENIR Y SUBSANAR LAS ALTERACIONES PRESENTES Y FUTURAS QUE EN MEDIO AMBIENTE PUEDA OCASIONAR LA ACTIVIDAD MINERA


  • Fecha:

    2016-10-06

  • Año:

    2016

  • TEXTO ORIGINAL:

  • Estado:

    ARCHIVADO

  • Proyecto:

    Ley Provincial

  • Expediente Electrónico:

contenedorQR


Autor/es

Identificador Apellido y Nombre/s VIEW
67 LUNA VICTOR HUGO Ver



Pases

Fecha Oficina Detalle
31/10/22 ARCHIVO ARCHIVADO POR MIGRACION AL CEDOP



Documentos

Fecha Tipo de Documento Ver Documento
06/10/16 TEXTO ORIGINAL
04/12/23 LEY

Sesiones

Fecha Sesión Estado Orden del Día Version Filmación
12/10/16 DECIMA NOVENA SESION ORDINARIA ASUNTO ENTRADO Ver Ver Sin Registro

Aprobados

El Proyecto no POSEE APROBACIONES.