Ley N° 3714

Extracto:
Policía - Modifícase Artículo 21º Inciso a) de la Ley 3205.-


  • Publicada en Bolentín Oficial:

    Nº 67-21/8/81 - Pág. 1.663/64

  • Fecha de Sanción:

    27/07/81

  • Decreto N°:

    0

  • Fecha de Promulgación:

    27/07/81

  • Adhesión Ley Nacional:

    No Registra

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    No Registra

  • Texto Actualizado:

    No Registra

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Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1°.- Modifícase el artículo 21° - Inciso a) de la Ley N° 3205, el que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 21°.- Inciso a) Funciones de conducción superior: por desempeño del cargo de Sub-Jefe de Policía, veinte por ciento (20%) sobre la asignación correspondiente al grado de Comisario General". ARTICULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y Archívese.- ARNOLDO ANIBAL CASTILLO Gobernador de Catamarca Dr. Aldo César Hugo Nieva Ministro de Economía