Ley N° 4916

Extracto:
Adhiérese la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional Nº 24012 y modifícase artículo de la Ley Electoral Provincial.-


  • Publicada en Bolentín Oficial:

    Nº 69-29/8/97 - Pág. 1805/06

  • Fecha de Sanción:

    10/07/97

  • Decreto N°:

    1297

  • Fecha de Promulgación:

    21/08/97

  • Adhesión Ley Nacional:

    24012

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    No Registra

  • Texto Actualizado:

    No Registra

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Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


EL SENADO Y LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY: ARTICULO 1ø.- Adhiérese la provincia de Catamarca a la Ley Nacional Nø 24.012. ARTICULO 2ø.- Modifícase el artículo 36ø de la Ley Electoral Provincial Nø 4.628, el que quedará redactado de la siguiente manera: ®Artículo 36ø: Desde la publicación de la convocatoria y hasta treinta (30) días anteriores a la elección, los partidos registrarán ante el Juez Electoral la lista de candidatos públicamente proclamados, quienes deberán reunir las condiciones propias para el cargo para el cual se postulan y no estar comprendidos en ninguna de las inhabilidades legales. Las listas que se presenten para cargos públicos electivos y para cargos partidarios, deberán tener mujeres en un mínimo del treinta por ciento (30%) de los candidatos a los cargos a elegir y en proporciones con posibilidad de resultar electas. No será oficializada ninguna lista que no cumpla estos requisitos. Los Partidos presentarán juntamente con el pedido de oficialización de lista, los datos de filiación completos de sus candidatos y el último domicilio electoral.¯ ARTICULO 3ø.- Derógase toda disposición en contrario. ARTICULO 4ø.- Comuníquese, publíquese y ARCHIVESE.- DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE CATAMARCA, A LOS DIEZ DIAS DEL MES DE JULIO DE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE. Dr. SIMON F. HERNANDEZ Vicegobernador Presidente Cámara de Senadores Dr. LUIS EDUARDO SEGURA Presidente Cámara de Diputados Dr. Luis Arturo Navarro Secretario Parlamentario Cámara de Senadores Dr. Guillermo Antonio Altamirano Secretario Parlamentario Cámara de Diputados