Ley N° 5571

Extracto:
ADHIERASE A LA LEY NACIONAL N? 27.454 CREACION DEL PLAN NACIONAL DE REDUCCION DE PERDIDAS Y DESPERDICIO DE ALIMENTOS Y CREACION DEL REGISTRO DE INSTITUCIONES DE BIEN PUBLICO RECEPTORAS DE ALIMENTOS


  • Publicada en Bolentín Oficial:

    N? 10, 01 DE FEBRERO DE 2019

  • Fecha de Sanción:

    28/11/18

  • Decreto N°:

    1752

  • Fecha de Promulgación:

    28/12/18

  • Adhesión Ley Nacional:

    27454

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    5571 Ver Tratamiento

  • Texto Actualizado:

    No Registra

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Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


ARTÍCULO 1.- Adhiérase la provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.454 denominada "Creación del Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicio de Alimentos y Creación del Registro de Instituciones de Bien Público Receptoras de Alimentos". ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial determinará la autoridad de aplicación y toda disposición relativa a la plena ejecución de la Ley Nacional. ARTÍCULO 3.- Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese. FIRMANTES: SOLA JAIS- JALIL - KRANEVITTER - PERALTA TITULAR DEL PEP: Dra. LUCIA B. CORPACCI DECRETO DE PROMULGACION: 1752 (28/12/2018)