Publicada en Bolentín Oficial:
N? 10, 01 DE FEBRERO DE 2019
Fecha de Sanción:
28/11/18
Decreto N°:
1752
Fecha de Promulgación:
28/12/18
Adhesión Ley Nacional:
27454
Estado:
VIGENTE
Tratamiento Parlamentario:
5571 Ver Tratamiento
Texto Actualizado:
No Registra
La Ley no registra modificatorias.
La Ley no registra modificatorias.
ARTÍCULO 1.- Adhiérase la provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.454 denominada "Creación del Plan Nacional de Reducción de Pérdidas y Desperdicio de Alimentos y Creación del Registro de Instituciones de Bien Público Receptoras de Alimentos". ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo Provincial determinará la autoridad de aplicación y toda disposición relativa a la plena ejecución de la Ley Nacional. ARTÍCULO 3.- Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese. FIRMANTES: SOLA JAIS- JALIL - KRANEVITTER - PERALTA TITULAR DEL PEP: Dra. LUCIA B. CORPACCI DECRETO DE PROMULGACION: 1752 (28/12/2018)