Publicada en Bolentín Oficial:
N? 104,28 DE DICIEMBRE DE 2018
Fecha de Sanción:
29/11/18
Decreto N°:
1681
Fecha de Promulgación:
18/12/18
Adhesión Ley Nacional:
No Registra
Estado:
VIGENTE
Tratamiento Parlamentario:
5581 Ver Tratamiento
Texto Actualizado:
No Registra
La Ley no registra modificatorias.
La Ley no registra modificatorias.
ARTICULO 1.- Modifícase el inciso 1) del Artículo 21° de la Ley N° 5.167, el que queda redactado de la siguiente manera: "(_) 1) Los que asigne el Poder Ejecutivo anualmente en el presupuesto de la Administración Provincial, que deberán razonablemente posibilitar el cumplimiento de los propósitos de la presente norma." ARTICULO 2.- Derógase el inciso 4) del Artículo 21° de la Ley N° 5167. ARTICULO 3.- De forma.- FIRMANTES: SOLA JAIS- JALIL - KRANEVITTER - PERALTA TITULAR DEL PEP: Dra. LUCIA B. CORPACCI DECRETO DE PROMULGACION: 1681 (18/12/2018)