Ley N° 5584

Extracto:
CREASE MUSEO PROVINCIAL DE LA MINERIA, EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE PRODUCCION Y DESARROLLO DE LA PROVINCIA


  • Publicada en Bolentín Oficial:

    N? 13, 12 DE FEBRERO DE 2019

  • Fecha de Sanción:

    30/11/18

  • Decreto N°:

    1765

  • Fecha de Promulgación:

    28/12/18

  • Adhesión Ley Nacional:

    No Registra

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    5584 Ver Tratamiento

  • Texto Actualizado:

    No Registra

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Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


ARTICULO 1.- Créase el Museo Provincial de la Minería, en el ámbito del Ministerio de Producción y Desarrollo de la Provincia. ARTICULO 2.- El Museo Provincial de la Minería, tendrá la responsabilidad, de reunir, clasificar, asegurar su conservación, exponer todo material referente a la historia y actualidad de la Minería en nuestra Provincia. Debe realizar además de la recopilación y organización de materiales y elementos (Literatura, bibliografía, documentos, muestra de roca y otras formas de minerales, objetos de artes, herramientas, fotografías u otro tipo de ilustraciones, maquinarias, material fílmicos) exposiciones u otras actividades permanentes y eventuales tendientes a difundir todos estos contenidos; muestras de los minerales vernáculos y sus procesos de explotación o industrialización. ARTICULO 3.- De Forma.- FIRMANTES: SOLA JAIS- JALIL - KRANEVITTER - PERALTA TITULAR DEL PEP: Dra. LUCIA B. CORPACCI DECRETO DE PROMULGACION: 1765 (28/12/2018)