Publicada en Bolentín Oficial:
N° 12,11 DE FEBRERO DE 2020
Fecha de Sanción:
27/11/19
Decreto N°:
87
Fecha de Promulgación:
10/01/20
Adhesión Ley Nacional:
No Registra
Estado:
VIGENTE
Tratamiento Parlamentario:
5620 Ver Tratamiento
Texto Actualizado:
No Registra
La Ley no registra modificatorias.
La Ley no registra modificatorias.
ARTICULO 1.- Establecer el día 20 de octubre de 1621 como "Hito Fundacional del departamento Fray Mamerto Esquiú", tomando como base la fecha de otorgamiento de la Merced de Allpatauca. ARTICULO 2.- Incorpórase el día 20 de octubre de 1621, al calendario de efemérides oficiales de la provincia de Catamarca. ARTICULO 3.- Delégase al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología, a disponer la realización de actividades alusivas a la fecha en todos los establecimientos escolares del Sistema Educativo del departamento Fray Mamerto Esquiú. ARTICULO 4.- Si en el Futuro nuevas investigaciones históricas que se pudiesen realizar, dieran una nueva fecha, ya sea de carácter fundacional o Hito fundacional, anterior a la mencionada en el artículo primero del presente instrumento, se adoptará a ésta en reemplazo de aquella. ARTICULO 5.- Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese. FIRMANTES: SOLA JAIS- JALIL - KRANEVITTER- PERALTA TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 87 (10/01/2020)