Ley N° 5703

Extracto:
MODIFICACION DEL MONTO ASIGNADO A LA OBRA DE CONSTRUCCION DE PUENTE CON ACCESO Y DEFENSA DE MARGENES EN LA AVENIDA CAMINO DE LA VIRGEN EN EL CRUCE SOBRE EL RIO DEL VALLE DEPARTAMENTO VALLE VIEJO


  • Publicada en Bolentín Oficial:

  • Fecha de Sanción:

    30/11/-1

  • Decreto N°:

    1391

  • Fecha de Promulgación:

    30/11/-1

  • Adhesión Ley Nacional:

    No Registra

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    5703 Ver Tratamiento

  • Texto Actualizado:

    No Registra

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Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


ARTÍCULO 1.- Amplíase el monto asignado a la obra: "Construcción de Puente con Accesos y Defensas de Márgenes en la Avenida Camino de la Virgen en el cruce sobre el Río Del Valle, Dptos. Valle Viejo/Capital - Catamarca" incorporada al Anexo de la Ley N° 5.684 mediante Decreto Acuerdo N° 474 de fecha 11 de Marzo de 2021, el que quedará fijado en la suma de pesos doscientos millones con 00/100 ($ 200.000.000). ARTÍCULO 2.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a aprobar y suscribir el Convenio de Asistencia Financiera para la Construcción de Puente con Accesos y Defensas de Márgenes en la Avenida Camino de la Virgen en el cruce sobre el Río Del Valle, Dptos. Valle Viejo/Capital - Catamarca con el FONDO FIDUCIARIO FEDERAL DE INFRAESTRUCTURA REGIONAL (FFFIR) por la suma pesos doscientos millones con 00/100 ($ 200.000.000). ARTÍCULO 3.- Facúltase al Poder Ejecutivo a través de la Subsecretaría de Presupuesto dependiente de la Secretaría de Finanzas Públicas, a realizar una Reestructuración del Plan de Obras autorizado para Endeudamiento ("Detalles de Necesidad de Financiamiento") que fuera incorporada en/la; Planilla Anexa a la Ley N° 5.684 de Presupuesto Provincial para el Ejercicio Financiero 2021. ARTÍCULO 4.- Facúltase al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Hacienda Pública a efectuar las adecuaciones presupuestarias que resulten pertinentes para dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente Ley. ARTÍCULO 5.- De forma. - FIRMANTES: GUERRERO GARCIA-VERA -VARELA-HERR TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 1391 (20/07/2021)