Publicada en Bolentín Oficial:
N? 00, 16 DE NOVIEMBRE DE 2021
Fecha de Sanción:
30/11/-1
Decreto N°:
2259
Fecha de Promulgación:
30/11/-1
Adhesión Ley Nacional:
No Registra
Estado:
VIGENTE
Tratamiento Parlamentario:
5712 Ver Tratamiento
Texto Actualizado:
No Registra
La Ley no registra modificatorias.
La Ley no registra modificatorias.
ARTÍCULO 1.- Declárase de Utilidad Pública y Sujeto a Expropiación el inmueble identificado en la Administración General de Catastro bajo el Padrón N° 3102, ubicado en el distrito de El Alto, Departamento El Alto, perteneciente a Apis S.A., posee mensura del año 1.999, Archivo 194 del Dpto. El Alto, Resolución Interna N° 236 de fecha 08/06/99, tiene una Superficie de: 20.000 m2. Sus medidas son: Norte: Desde el vértice N.E. hasta el vértice N.O. 100 m. Sur: Desde el vértice S.E. hasta el vértice S.O. 100 m. Este: Desde el vértice N.E. hasta el vértice S.E. 200 m. Oeste: Desde el vértice S.O. hasta el vértice N.O. 200 m. Sus linderos son: Norte: Padrón N° 3.101; Sur: Padrón N° 3.101; Este: Ruta Provincial N° 42; Oeste: Padrón N° 3.101. ARTÍCULO 2.- El inmueble objeto de expropiación será destinado para la construcción de un Hospital Público. ARTÍCULO 3.- Las erogaciones que demande el cumplimiento de la presente, serán atendidas con las partidas presupuestarias del Ministerio de Planificación y Modernización. ARTÍCULO 4.- Facúltese al Poder Ejecutivo a tramitar por intermedio de Fiscalía de Estado la acción de expropiación conforme términos de la Ley N° 2210 y Ley N° 5638. ARTÍCULO 5.- FIRMANTES: GUERRERO GARCIA -DUSSO-PERALTA-DRE TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 2259 (01/11/2021)