Ley N° 5725

Extracto:
DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETO A EXPROPIACION EL INMUEBLE DE PROPIEDAD PRIVADA, UBICADO EN LA LOCALIDAD DE LAS PALMAS, DEPARTAMENTO CAPAYAN


  • Publicada en Bolentín Oficial:

    N? 04, 14 DE ENERO DE 2022

  • Fecha de Sanción:

    25/11/21

  • Decreto N°:

    2679

  • Fecha de Promulgación:

    20/12/21

  • Adhesión Ley Nacional:

    No Registra

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    5725 Ver Tratamiento

  • Texto Actualizado:

    No Registra

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Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


ARTICULO 1 .- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble de propiedad privada, ubicado en la localidad de Las Palmas - Departamento Capayán, identificados como: 1. Parcela Matrícula Catastral 06-24-13-7222, Distrito Chumbicha - Dpto. Capayán - Provincia de Catamarca. Registrado a nombre de: Suc. de Moisés Díaz propietario sin antecedentes de dominio; y Centro Cultural y Deportivo Las Palmas, poseedor sin título. ARTICULO 2.- El inmueble a expropiar será destinado para el establecimiento y funcionamiento del Centro Vecinal San Roque en la localidad de Las Palmas con actividades recreativas, culturales y deportivas en beneficio de su comunidad. ARTICULO 3.- Facúltase al Poder Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias para atender los gastos que demande lo dispuesto en el Artículo 1. ARTICULO 4.- Delégase al Poder Ejecutivo Provincial a tramitar por intermedio de la Fiscalía de Estado, el Juicio de Expropiación pertinente. ARTICULO 5.- El Poder Ejecutivo de la Provincia debe reglamentar la presente ley, en un plazo no mayor a noventa (90) días de su promulgación. ARTICULO 6.- De forma. FIRMANTES: VERA- GUERRERO GARCIA -DRE-PERALTA TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 2679 (20/12/2021)