Publicada en Bolentín Oficial:
NUM. 66 - 19/08/2022
Fecha de Sanción:
06/07/22
Decreto N°:
1957
Fecha de Promulgación:
05/08/22
Adhesión Ley Nacional:
No Registra
Estado:
VIGENTE
Tratamiento Parlamentario:
5754 Ver Tratamiento
Texto Actualizado:
No Registra
La Ley no registra modificatorias.
La Ley no registra modificatorias.
ARTÍCULO 1.- Dispónese la construcción de un Monumento en homenaje a la Prócer Catamarqueña Eulalia Ares de Vildoza a emplazarse en la localidad de Ipizca, Departamento Ancasti de la Provincia de Catamarca. ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Infraestructura y Obras Civiles de la Provincia o el organismo que en el futuro lo reemplace será la Autoridad de Aplicación de la presente Ley. ARTÍCULO 3.- Dentro de los noventa (90) días a partir de entrada en vigencia de la presente Ley, la Autoridad de Aplicación realizará lo siguiente: a) Llamar a concurso público de antecedentes a escultores catamarqueños con el fin de que presenten propuestas para el diseño y construcción del citado monumento; b) Constituir un jurado, con carácter de ad honorem, con el objeto de que seleccione la propuesta que mejor refleje el espíritu de la presente iniciativa. ARTÍCULO 4.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ley, serán imputados al presupuesto de la Administración Provincial, en el ejercicio siguiente al del año de entrada en vigencia de esta Ley y en los sucesivos, de acuerdo al avance físico de las obras pertinentes y hasta su conclusión. ARTÍCULO 5.- Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese. FIRMANTES: GUERRERO GARCIA -VERA-GEREZ-DRE TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: 1957 (05/08/2022)