Ley N° 5757

Extracto:
ESTABLECER FERIADO DEPARTAMENTAL EL DIA 28 DE JULIO DE CADA AÑO CON MOTIVO DE CONMEMORARSE EL ANIVERSARIO DE LA CREACION DEL DEPARTAMENTO AMBATO


  • Publicada en Bolentín Oficial:

    NUM. 66 - 19/08/2022

  • Fecha de Sanción:

    13/07/22

  • Decreto N°:

    1916

  • Fecha de Promulgación:

    02/08/22

  • Adhesión Ley Nacional:

    No Registra

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    5757 Ver Tratamiento

  • Texto Actualizado:

    No Registra

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Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


ARTÍCULO 1.- Establecer como día Festivo del Departamento Ambato, el día 28 de Julio de cada año, con motivo de conmemorarse el aniversario de su creación. ARTÍCULO 2.- Las Municipalidades del Departamento deberán arbitrar los medios necesarios para celebrar en dicho día, ese trascendental acontecimiento para los vecinos del Departamento. ARTÍCULO 3.- Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese. FIRMANTES: GUERRERO GARCIA -DUSSO-GEREZ-DRE TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: 1916 (02/08/2022)