Publicada en Bolentín Oficial:
NUM. 75 - 20/09/2022
Fecha de Sanción:
18/08/22
Decreto N°:
2361
Fecha de Promulgación:
14/09/22
Adhesión Ley Nacional:
27231
Estado:
VIGENTE
Tratamiento Parlamentario:
5770 Ver Tratamiento
Texto Actualizado:
No Registra
La Ley no registra modificatorias.
La Ley no registra modificatorias.
ARTÍCULO 1.- Adhiérese la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.231 de "Desarrollo Sustentable del Sector Acuícola". ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los sesenta (60) días de sancionada, estableciendo la autoridad de aplicación o el organismo que en el futuro lo reemplace. ARTÍCULO 3.- La autoridad de aplicación tendrá a su cargo llevar adelante todas las acciones tendientes a la aplicación de la presente Ley, coordinando las acciones necesarias con organismos nacionales, internacionales públicos y privados, ONG para lograr hacer efectivo los objetivos propuestos por la legislación. Coordinará acciones con los municipios de la Provincia para la implementación de la presente Ley. ARTÍCULO 4.- Se invita a los Municipios de la Provincia a adherir a la presente Ley. ARTÍCULO 5.- De forma. FIRMANTES: VERA-GUERRERO GARCIA -DRE-GEREZ TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: 2361 (14/09/2022)