Ley N° 5784

Extracto:
ADHIERASE A LA LEY NACIONAL Nº 27.678, LEY DE CUIDADOS PALIATIVOS


  • Publicada en Bolentín Oficial:

    Núm. 90 - 11/11/2022

  • Fecha de Sanción:

    13/10/22

  • Decreto N°:

    2859

  • Fecha de Promulgación:

    01/11/22

  • Adhesión Ley Nacional:

    27678

  • Estado:

    VIGENTE

  • Tratamiento Parlamentario:

    5784 Ver Tratamiento

  • Texto Actualizado:

    No Registra

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Modificada por Ley

La Ley no registra modificatorias.




Decreto/s Reglamentario/s

La Ley no registra modificatorias.




Articulado


ARTÍCULO 1.- Adhiérese la provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.678 Ley de Cuidados Paliativos para pacientes y familiares. ARTÍCULO 2.- Créase el Programa Provincial de Cuidados Paliativos que tiene por objeto el establecimiento de los lineamientos estratégicos necesarios para la correcta aplicación de la Ley Nacional N° 27.678. ARTÍCULO 3.- Es Autoridad de Aplicación de la presente Ley el Ministerio de Salud de la provincia de Catamarca o el organismo que en un futuro lo reemplace. ARTÍCULO 4.- El Poder Ejecutivo Provincial debe reglamentar las disposiciones de la presente Ley en un plazo de ciento veinte (120) días contados desde su publicación en el Boletín Oficial. ARTÍCULO 5.- Facúltase al Poder Ejecutivo Provincial a realizar los ajustes presupuestarios necesarios para la ejecución de la presente Ley. ARTÍCULO 6.- Invítase a los Municipios con carta orgánica a adherir a la presente Ley. ARTÍCULO 7.- De forma. FIRMANTES: VERA-GUERRERO GARCIA -DRE-LUJAN TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 2859 (01/11/2022)