Publicada en Bolentín Oficial:
Núm. 95 - 29/11/2022
Fecha de Sanción:
09/11/22
Decreto N°:
3268
Fecha de Promulgación:
17/11/22
Adhesión Ley Nacional:
No Registra
Estado:
VIGENTE
Tratamiento Parlamentario:
5787 Ver Tratamiento
Texto Actualizado:
No Registra
La Ley no registra modificatorias.
La Ley no registra modificatorias.
ARTÍCULO 1.- Declárense de Utilidad Pública y Sujetas a expropiación tres fracciones de terreno identificados con las parcelas Matrículas Catastrales N° 09-25-32-6023, 16-22-28-5114, 16-22-24-7542, ubicados en los Departamentos Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú, cuyas medidas se detallan conforme Anexos Gráficos, confeccionados en base a registros gráficos, siendo definitivos los que resulten de la registración de la Mensura correspondiente en la Dirección General de Catastro Provincial. Fracción I: Departamento Fray Mamerto Esquiú - Distrito La Carrera. Parte de la M.C. 09-25-32-6023 – Superficie: 79,84 m2 – Medidas: Frente 8m x Fondo 10m Fracción II: Departamento Valle Viejo, Distrito Santa Rosa - B° Tabacalero. Parte de la M.C. 16-22-28-5114 – Superficie: 120,26 m2 – Medidas: Frente l0m x Fondo 12m Fracción III: Departamento Valle Viejo -Distrito Santa Rosa- B° El Bañado. Parte de la M.C. 16-22-24-7542 – Superficie: 225,00 m2 – Medidas: Frente 15m x Fondo 15m. ARTICULO 2.- Las fracciones I, II y III serán destinadas a las estaciones de bombeo del proyecto «Sistema de desagües cloacales en Fray Mamerto Esquiú y Valle Viejo- Fase I, Etapa II». ARTICULO 3.- Autorízase a Fiscalía de Estado a dar inicio de inmediato a la acción de expropiación a que se refiere la Ley N° 2.210. ARTICULO 4.- Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese. FIRMANTES: VERA-GUERRERO GARCIA -FERREYRA-LUJAN TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 3268 (17/11/2022) Nota: Anexos para consulta en Dpto. Archivo de la Dirección Provincial Boletín Oficial e Imprenta.