Publicada en Bolentín Oficial:
Núm. 66 - 18/08/2023
Fecha de Sanción:
05/07/23
Decreto N°:
1998
Fecha de Promulgación:
02/08/23
Adhesión Ley Nacional:
27709
Estado:
VIGENTE
Tratamiento Parlamentario:
5804 Ver Tratamiento
Texto Actualizado:
No Registra
La Ley no registra modificatorias.
La Ley no registra modificatorias.
ARTÍCULO 1°.- Adhiérase la Provincia de Catamarca a la Ley Nacional N° 27.709 «Ley Lucio» que crea el «Plan Federal de Capacitación sobre Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes». ARTÍCULO 2°.- Autorízase al Poder Ejecutivo Provincial a determinar la Autoridad de Aplicación de la presente Ley. ARTÍCULO 3°.- El Poder Ejecutivo Provincial reglamentará las disposiciones de la presente Ley en un plazo no mayor a los ciento veinte (120) días de su promulgación. ARTÍCULO 4°.- Invítase a los Municipios a adherir a la presente Ley. ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese. FIRMANTES: GUERRERO GARCIA -DUSSO-LUJAN-FERREYRA TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 1998 (02/08/2023)