Publicada en Bolentín Oficial:
Núm. 93 - 21/11/2023
Fecha de Sanción:
25/10/23
Decreto N°:
2335
Fecha de Promulgación:
10/11/23
Adhesión Ley Nacional:
No Registra
Estado:
VIGENTE
Tratamiento Parlamentario:
5822 Ver Tratamiento
Texto Actualizado:
No Registra
La Ley no registra modificatorias.
La Ley no registra modificatorias.
ARTÍCULO 1°.- Institúyese la Semana Provincial de la Lucha contra la Esclerosis Múltiple, que deberá conmemorarse durante la última semana del mes de mayo de cada año, entiéndase del 25 al 31 de mayo. ARTÍCULO 2°.- El Ministerio de Salud de la Provincia de Catamarca deberá planificar acciones de concientización, visibilización y difusión a través de los medios gráficos y audiovisuales que pertenezcan al Estado Provincial. ARTÍCULO 3°.- Es de carácter obligatorio iluminar de color naranja los monumentos y edificios públicos de la Provincia de Catamarca el día 30 de mayo de cada año, con el objeto de concientizar a la ciudadanía y conmemorar el Día Mundial de la Lucha contra la Esclerosis Múltiple. ARTÍCULO 4°.- La presente Ley rige en todo el territorio de la Provincia de Catamarca. ARTÍCULO 5°.- Invítase a todos los Municipios con Carta Orgánica a adherir a la presente Ley. ARTÍCULO 6°.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente Ley dentro de los 60 (sesenta) días posteriores a su promulgación. ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, Publíquese, cumplido, archívese. FIRMANTES: DUSSO- GUERRERO GARCIA-FERREYRA- LUJAN TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 2335 (10/11/2023)