Publicada en Bolentín Oficial:
B.O. N° 50 - 23/06/2026
Fecha de Sanción:
26/05/26
Decreto N°:
676
Fecha de Promulgación:
08/06/26
Adhesión Ley Nacional:
No Registra
Estado:
VIGENTE
Tratamiento Parlamentario:
5941 Ver Tratamiento
Texto Actualizado:
No Registra
La Ley no registra modificatorias.
La Ley no registra modificatorias.
ARTÍCULO 1°.- Asígnase el nombre de «ALPATAUCA» (Pueblo de la Falda), originario del Kakán perteneciente a la lengua Diaguita, a la Escuela N° 443 de la localidad de La Falda de San Antonio, Departamento Fray Mamerto Esquiú. ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología de la Provincia al fin de que se proceda a realizar las gestiones administrativas y técnicas necesarias para la efectiva implementación de lo dispuesto en la presente Ley. ARTÍCULO 3°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo, Publíquese, insértese en el Boletín Oficial y Archívese. FIRMANTES: FEDELI-CASTELLANOS-REYNOSO- DRE TITULAR DEL PEP: Lic. RAUL A. JALIL DECRETO DE PROMULGACION: N° 676 (08/06/2026)